Recomiendan denuncia penal contra directivos de Galeno
“Cuando las prepagas incumplen un fallo judicial, como en este caso, siempre queda un recurso: la denuncia penal por desobediencia. No a la empresa, que es una persona jurídica, sino a los directivos, con nombre y apellido”, sostuvo la Dra. Valeria Carreras, durante su reciente participación en el programa de streaming “Salud en serio”, que emite la señal LPTV.
La abogada analizó la situación de Micaela Libson, afiliada a Galeno, a quien la empresa le demora sistem’saticamente el reintegro del pago de la cuota del geriátrico de su madre, incumpliendo un fallo judicial durante varios meses consecutivos. Por su parte, Libson sostuvo que “no se trata de un caso aislado sino que son incumplidores seriales. Por eso no tienen Twitter, para que la gente no los putee” y puso el foco en el estrés que esta situación genera a todo el sistema familiar, que repercute también en la situación de la paciente”.
Carreras repasó cada instancia de la batalla legal contra los aumentos desmedidos de las cuotas de las empresas de medicina prepaga, luego de que el decreto 70/2023, de diciembre de ese año, desreguló el sistema y eliminó la autorización gubernamental como paso previo para los aumentos de cuota.
“Hicieron un desastre”, fue la conclusión de la abogada, a un año y medio de iniciado el conflicto. “Las cuotas se triplicaron entre febrero y abril y en todo el año algunas se quintuplicaron”. Al cabo de unos cuántos meses, los aumentos superaban en algunos casos el doscientos por ciento y el malestar de la clase media era tal que el propio ministro Luis Caputo intervino, para poner límites. También intervinieron los trolls oficiales, que atacaron al entonces presidente de la Unión Argentina de Salud, Claudio Belocopitt, forzando su renuncia.“Luego la superintendencia promovió un acuerdo entre empresas y usuarios para que devolvieran lo cobrado de más, pero lo hacían en doce cuotas sin interés, siempre que estuviera por arriba de la inflación. ¿A quién se le permite pagar en doce cuotas sin interés?”En ese contexto, Carreras presentó amparos en distintos tribunales del país, frente a aumentos considerados confiscatorios. “Las empresas se quejan pero no muestran los números. La jueza María Isabel Caccioppoli, del juzgado federal 1 de Concepción del Uruguay ordenó a las empresas que presentaran los libros contables. Entonces, las empresas recusaron a la jueza y la cámara falló a favor de las empresas”, recordó. El ejemplo citado por Carreras da cuenta del poder de lobby judicial de las empresas del sector, que además, “tuvieron estrategias jurídicas conjuntas o similares”, lo que es a la vez un indicio de cartelización o falta de competencia.El decreto 70, aún vigente, generó también un problema al interior de la cadena, al eliminar la obligación, para los financiadores, de trasladar a los prestadores el noventa por ciento de los aumentos obtenidos. Esa modificación contrajo aún más los salarios y honorarios profesionales, que ya venían retrasados, generando la falta de turnos y dificultades para atenderse que hoy están al tope de los reclamos de los usuarios.